La Sociedad legal de Gananciales
El régimen de gananciales es el que suple la voluntad cuando ésta no se expresa.
Todo el sistema ganancial gira en torno a la idea contable de ganancia o beneficio. Históricamente, la naturaleza jurídica del régimen de Gananciales era que se entendía como una sociedad; no se hacía común ningún tipo de bien y lo único que había era la regla de distribución al final del régimen.
Esta idea de Comunidad germánica es la que mantiene nuestra Jurisprudencia.
La sociedad de gananciales no tiene personalidad jurídica, la titularidad de los bienes es del marido y de la mujer, y esta sociedad de gananciales comienza en ...Ampliar la noticia
